Desde la reforma del Código Penal de 2015, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por los delitos cometidos en su nombre por empleados o directivos.
Un programa de compliance penal correctamente implantado es la única vía de exención o atenuación reconocida por la ley.
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Evaluar ahoraLas infracciones en PRL pueden acarrear sanciones de hasta 819.780 € (LISOS), responsabilidad penal del empresario (arts. 316–318 CP) y un recargo del 30–50% sobre las prestaciones de la Seguridad Social.
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